El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar, presentó una propuesta para declarar anticonstitucional la petición del presidente Andrés Manuel López Obrador de llevar a cabo una consulta popular, para decidir si juzgar o no a cinco expresidentes de la República. El proyecto de sentencia que el pleno de la Corte discutirá el 1 de octubre, sostiene que no se puede someter a consulta pública la aplicación de la Ley, pues ello desnaturalizaría la finalidad de la consulta popular, que consiste precisamente en empoderar las voces y voluntad de la ciudadanía, así como proteger los derechos humanos y el Estado de Derecho. “La consulta popular propuesta se considera inconstitucional, porque está dirigida a preguntar sobre la posibilidad de que las autoridades competentes investiguen o no y, en su caso, sancionen los delitos, lo cual no puede estar condicionado a la aprobación de las mayorías, ya que se trata de una obligación ineludible que la Constitución impone a las autoridades competentes”, sostiene Aguilar.
En la propuesta se explica que no es posible que el Estado renuncie a sus obligaciones constitucionales de investigar y perseguir cualquier hecho del que se tenga noticia que puede constituir un delito, pues esas obligaciones son ineludibles y no pueden ser trasladadas a la ciudadanía para que, mediante una consulta, decida si debe cumplirse con la Constitución y sus leyes. Incluso Aguilar Morales señala que en el hipotético escenario de que se realizara la consulta y se obtuviera como respuesta vinculante un “no”, se obligaría a las fiscalías correspondientes a claudicar en la función social que se les ha encomendado e, incluso, podría con ello archivarse o determinarse el no ejercicio de la acción penal de las denuncias que se presentaran en el futuro o las que se hubieran presentado.
Proyecto del ministro Luis María Aguilar sobre la consulta popular 1/2020, que será discutido en la sesión de 1 de octubre.
— Suprema Corte (@SCJN) September 24, 2020