Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el derecho de la objeción de conciencia al declarar que no es una restricción al derecho a la salud. Con la objeción de conciencia el personal de salud puede negarse a practicar la interrupción legal del embarazo con excepción de cuando se trate de urgencias.
Los ministros, por unanimidad, consideraron que esta figura no restringe el derecho a la salud porque existen limitantes a ejercer este derecho, como el del peligro a la vida y la urgencia médica.
El ministro Luis María Aguilar Morales afirmó que la figura es una decisión individual que los médicos ejercen con base en su libertad religiosa o ideológica. Por su parte, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, reprochó que se establezca la libertad religiosa como elemento del derecho a la objeción de conciencia.
Permitir la #ObjeciónDeConciencia sin regulación clara, significaría avalar un mecanismo para burlar el derecho de las mujeres a la interrupción legal del embarazo que acaba de reconocer de manera unánime la #SCJN. pic.twitter.com/4GK4lMlzxE
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) September 13, 2021
La SCJN analiza si las normas que reconocen el derecho del personal médico y de enfermería a la objeción de conciencia son respetuosas o no del derecho de protección a la salud de las personas. pic.twitter.com/OlPfPgWV1D
— Suprema Corte (@SCJN) September 13, 2021