El Pleno de la Cámara de Diputados avaló una reforma para sancionar con prisión el matrimonio forzado de menores, y dejar asentada la imprescriptibilidad de las sanciones impuestas a quienes perpetren este delito. La reforma, que fue aprobada por unanimidad con 474 votos, añade al Código Penal Federal un capítulo que marca como delito la “cohabitación forzada” de personas menores de 18 años o que no cuenten con la capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo. Refiere que al responsable de este delito se le aplicará una pena de 8 a 15 años de cárcel y una multa de entre mil y 2 mil 500 días, además de que la pena incrementará hasta en una mitad cuando sean miembros de comunidades indígenas.
Los legisladores otorgaron su aval a una reserva presentada por Morena, con el objetivo de agregar a este supuesto a víctimas pertenecientes a la comunidad afromexicana. “Comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tiene capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tiene la capacidad de resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse formal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de 18 años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio”, establece.
De igual modo, la reforma hace cambios al artículo 205 Bis, para señalar que serán imprescriptibles las sanciones aplicadas, las cuales crecerán al doble cuando se trate de familiares, tutores y ascendientes, entre otros.
Se aprobó incorporar al Código Penal Federal el delito de cohabitación forzada de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo.https://t.co/qi325oy9Ng
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) April 27, 2022