La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que las corridas de toros y las peleas de gallos no son actos susceptibles para ser considerados patrimonio cultural inmaterial. La SCJN detalló que cualquier práctica que maltrata, tortura y provoca la muerte de animales con fines recreativos y de entretenimiento, no puede ser puesta a protección especial, sin embargo, bajo esta postura, la Suprema Corte no se pronunció sobre si prohibir o no dichos eventos.
El pasado 27 de mayo, el Juez Primero de Distrito, Jonathan Bass, falló a favor de un amparo promovido por la asociación civil Justicia Justa, la cual exige una declaratoria inconstitucional del Reglamento Taurino para el Distrito Federal y de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos, por considerar que permiten un trato degradante y estigmatizador hacia los toros de lidia.
El Gobierno de Nayarit carece de facultades para declarar a la “fiesta taurina” y a las “peleas de gallos” como patrimonio cultural inmaterial: #SegundaSala
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