A partir de este viernes 18 de febrero queda prohibida en México la publicidad, promoción y patrocinio de los productos de tabaco en medios de comunicación en forma directa o indirecta. Lo anterior fue publicado en un Decreto en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo con reformas a la Ley General para el control del Tabaco que definen cuáles son los espacios 100 por ciento libres de humo de cigarro. “Queda prohibido realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación que pretenda posicionar los elementos de la marca de éstos, que fomente la compra, el consumo o preferencia por parte de la población”, se lee en el artículo Artículo 23 de la Ley General para el control del Tabaco.
En dichas reformas que a partir de este viernes se aplicarán, se establecen como espacios 100 por ciento libres de humo de cigarro los centros de trabajo, escuelas, áreas de acceso público, instalaciones deportivas, entretenimiento y en el transporte.
Las reformas señalan que en los lugares de trabajos públicos o privados podrán existir zonas exclusivamente para fumar, las cuales deberán ubicarse solamente en espacios al aire libre de conformidad con las disposiciones que establezca la Secretaría de Salud.
#17DeFebrero2022 #EdiciónVespertina Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco.@SSalud_mx
👉 https://t.co/UGEjAzRT8S— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) February 17, 2022