La reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación fue publicada este martes en el Diario Oficial de la Federación, que sanciona hasta con 7 años de prisión a quienes tomen las casetas y cobren ilegalmente los servicios de peaje. La reforma fue al artículo 533 de la ley y establece que las sanciones van de los 3 meses a los 7 años de prisión, con multas de los 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que va de los 9 mil 622 a los 48 mil 110 pesos.
La sanción también es para las personas que interrumpan la construcción de dichas vías, parcialmente o totalmente, al igual que para los que deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación.
El decreto entró en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, este 23 de febrero.
#22DeFebrero2022 Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.@SCT_mx
👉 https://t.co/3bCKF3gDCZ— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) February 22, 2022