El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró, por unanimidad, inválida la ampliación del mandato del ministro presidente Arturo Zaldívar, al declarar inconstitucional el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. “Se ratifica la invalidez del artículo transitorio y se señala que la declaratoria surtirá sus efectos una vez que se notifique al Congreso”, fue la determinación de la Corte.
El proyecto presentado por el ministro José Fernando Franco González Salas, considera que la norma transitoria es contraria al principio de supremacía constitucional, división de poderes e independencia judicial. Por tanto se determinó la invalidez del artículo transitorio del decreto publicado el pasado 7 de junio 2021.
Al comenzar el análisis de la controversia constitucional, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, señaló que no se consideraba impedido para conocer del asunto por ser un control abstracto. “No considero estar impedido para este asunto y no voy a excusarme para conocer de él por dos razones: en materia de acciones de inconstitucionalidad los impedimentos son excepcionales (…) y porque el 6 de agosto expresamente manifesté que, independientemente de lo que se vote, concluiré mi periodo como presidente de la Suprema Corte el 31 de diciembre de 2022”, expresó el ministro.
El Pleno de la #SCJN declaró por unanimidad de votos, la inconstitucionalidad del artículo 13 transitorio del Decreto de reformas en materia de justicia federal que ampliaba el plazo de los cargos del Presidente actual de la SCJN y de las y los Consejeros de la Judicatura. pic.twitter.com/hNYF4ecbYS
— Suprema Corte (@SCJN) November 16, 2021